El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha hecho público los nueve institutos madrileños que se van a sumar al Programa Bilingüe para el curso 2013-2014. Los Instituto seleccionados son los siguientes:
"El Escorial (El Escorial), Alfonso Moreno (Brunete), Jimena Menéndez Pidal (Parla), Pablo Picasso (Pinto) y el IES Catalifa (Villaviciosa de Odón). Y en Madrid Capital los cuatro elegidos son: Beatriz Galindo, Mirasierra, Valdebernardo y el García Morato."
Dicho de otra forma, han seleccionado a nuestro Instituto para que sea un Centro Bilingüista a partir del próximo curso.
Por lo tanto, creemos conveniente que conozcáis la legislación que nos va a afectar, tanto la que compete al mejor funcionamiento del Instituto en general, como la organización de la sección bilingüe en particular. Para ello podéis consultar la siguiente normativa, la cual se encuentra dentro de la sección “Legislación” de nuestro blog:
También podéis leer estas dos notas de prensa que comunican la selección de los centros bilingües:
No obstante, os anticipamos un extracto de como se va a plantear la organización de estas enseñanzas según la Orden 3331/2010:
Organización de las enseñanzas
Desde el inicio del programa, cada instituto bilingüe organizará sus enseñanzas en dos modalidades diferentes: Programa bilingüe y Sección bilingüe.
1. Programa bilingüe (para alumnos no pertenecientes a secciones bilingües):
Los alumnos que cursen la modalidad de Programa bilingüe contarán con un incremento de dos horas semanales de inglés, sobre el horario general, organizándose de forma que se imparta una clase diaria.
Además, se podrá impartir en inglés alguna o algunas de las siguientes materias: Educación física, Educación plástica y visual, Música, Tecnología, Educación para la ciudadanía y los derechos humanos, Informática y Educación ético-cívica, así como la tutoría de los cuatro cursos de la Educación Secundaria Obligatoria.
Los centros podrán organizar grupos flexibles en función del nivel de lengua inglesa de los alumnos.
Los alumnos participarán en actividades extraescolares y complementarias organizadas por el centro a fin de crear un ambiente bilingüe y fomentar la práctica del inglés.
2. Sección bilingüe (para los alumnos procedentes de secciones bilingüistas de colegios):
a) Enseñanza de inglés:
— Se impartirá inglés los cinco días de la semana, a razón de una hora de clase diaria.
— Los contenidos se adaptarán a un currículo de “Inglés avanzado”, que elaborará la Consejería de Educación y que versará sobre Lengua inglesa y literatura.
— En el primer curso de Educación Secundaria Obligatoria se impartirá el currículo de “Inglés avanzado”, regulado por la Orden 2154/2010, de 20 de abril, de la Consejería de Educación.
b) Enseñanzas en inglés:
— Los alumnos de la sección bilingüe podrán cursar todas las materias en inglés a excepción de Matemáticas, Lengua castellana y literatura y Segunda lengua extranjera.
— En ningún caso la misma asignatura podrá impartirse en ambas lenguas.
— Las materias que se impartan en inglés seguirán el currículo de la Comunidad de Madrid establecido en el Decreto 23/2007, de 10 de mayo.
— La hora de tutoría será impartida en inglés en los cuatro cursos de la Educación Secundaria Obligatoria.
— En primero, segundo y tercero de Educación Secundaria Obligatoria se impartirán en inglés; Ciencias Sociales, Geografía e Historia y Ciencias de la Naturaleza. En tercero se ofertará, al menos, Biología y Geología en inglés.
— En el cuarto curso, además de Ciencias Sociales, Geografía e Historia y Biología y Geología, los centros asegurarán la oferta en inglés de otra materia que pueda ser elegida en cada uno de los demás itinerarios. La enseñanza de inglés, junto con la de las materias que se impartan en inglés, ocuparán, al menos, un tercio del horario lectivo semanal.